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Índice LOE |
¿Cuáles son las enseñanzas que ofrece el Sistema Educativo de la LOE?
Las enseñanzas que ofrece
el sistema educativo son las siguientes:
a) Educación infantil.
b) Educación primaria.
c) Educación secundaria obligatoria.
d) Bachillerato.
e) Formación profesional.
f) Enseñanzas de idiomas.
g) Enseñanzas artísticas.
h) Enseñanzas deportivas.
i) Educación de personas adultas.
j) Enseñanza universitaria.
¿Cuáles son los principios generales del Bachillerato según la LOE?
1. El bachillerato tiene
como finalidad proporcionar a los alumnos formación, madurez intelectual y
humana, conocimientos y habilidades que les permitan desarrollar funciones
sociales e incorporarse a la vida activa con responsabilidad y competencia.
Asimismo, capacitará a los alumnos para acceder a la educación superior.
2. Podrán acceder a los estudios del bachillerato los alumnos que estén en
posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
3. El bachillerato comprende dos cursos, se desarrollará en modalidades
diferentes, se organizará de modo flexible y, en su caso, en distintas vías,
a fin de que pueda ofrecer una preparación especializada a los alumnos
acorde con sus perspectivas e intereses de formación o permita la
incorporación a la vida activa una vez finalizado el mismo.
4. Los alumnos podrán permanecer cursando bachillerato en régimen ordinario
durante cuatro años.
5. Las Administraciones públicas promoverán un incremento progresivo de la
oferta de plazas públicas en bachillerato en sus distintas modalidades y
vías.
¿Cuáles son los objetivos del Bachillerato según la LOE?
El bachillerato
contribuirá a desarrollar en los alumnos y las alumnas las capacidades que
les permitan:
a) Ejercer la ciudadanía democrática, desde una perspectiva global, y
adquirir una conciencia cívica responsable, inspirada por los valores de la
Constitución española así como por los derechos humanos, que fomente la
corresponsabilidad en la construcción de una sociedad justa y equitativa.
b) Consolidar una madurez personal y social que les permita actuar de forma
responsable y autónoma y desarrollar su espíritu crítico. Prever y resolver
pacíficamente los conflictos personales, familiares y sociales.
c) Fomentar la igualdad efectiva de derechos y oportunidades entre hombres y
mujeres, analizar y valorar críticamente las desigualdades existentes e
impulsar la igualdad real y la no discriminación de las personas con
discapacidad.
d) Afianzar los hábitos de lectura, estudio y disciplina, como condiciones
necesarias para el eficaz aprovechamiento del aprendizaje, y como medio de
desarrollo personal.
e) Dominar, tanto en su expresión oral como escrita, la lengua castellana y,
en su caso, la lengua cooficial de su Comunidad Autónoma.
f) Expresarse con fluidez y corrección en una o más lenguas extranjeras.
g) Utilizar con solvencia y responsabilidad las tecnologías de la
información y la comunicación.
h) Conocer y valorar críticamente las realidades del mundo contemporáneo,
sus antecedentes históricos y los principales factores de su evolución.
Participar de forma solidaria en el desarrollo y mejora de su entorno
social.
i) Acceder a los conocimientos científicos y tecnológicos fundamentales y
dominar las habilidades básicas propias de la modalidad elegida.
j) Comprender los elementos y procedimientos fundamentales de la
investigación y de los métodos científicos. Conocer y valorar de forma
crítica la contribución de la ciencia y la tecnología en el cambio de las
condiciones de vida, así como afianzar la sensibilidad y el respeto hacia el
medio ambiente.
k) Afianzar el espíritu emprendedor con actitudes de creatividad,
flexibilidad, iniciativa, trabajo en equipo, confianza en uno mismo y
sentido crítico.
l) Desarrollar la sensibilidad artística y literaria, así como el criterio
estético, como fuentes de formación y enriquecimiento cultural.
m) Utilizar la educación física y el deporte para favorecer el desarrollo
personal y social.
n) Afianzar actitudes de respeto y prevención en el ámbito de la seguridad
vial.
¿Cómo se organiza el Bachillerato según la LOE?
1. Las modalidades del
bachillerato serán las siguientes:
a) Artes.
b) Ciencias y Tecnología.
c) Humanidades y Ciencias Sociales.
2. El bachillerato se organizará en materias comunes, en materias de
modalidad y en materias optativas.
3. El Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá la
estructura de las modalidades, las materias específicas de cada modalidad y
el número de estas materias que deben cursar los alumnos.
4. Los alumnos podrán elegir entre la totalidad de las materias de modalidad
establecidas. Cada una de las modalidades podrá organizarse en distintas
vías que faciliten una especialización de los alumnos para su incorporación
a los estudios posteriores o a la vida activa. Los centros ofrecerán la
totalidad de las materias y, en su caso, vías de cada modalidad. Sólo se
podrá limitar la elección de materias y vías por parte de los alumnos cuando
haya un número insuficiente de los mismos, según los criterios objetivos
establecidos previamente por las Administraciones educativas.
5. Cuando la oferta de materias en un centro quede limitada por razones
organizativas, las Administraciones educativas facilitarán que los alumnos
puedan cursar alguna materia en otros centros o mediante la modalidad de
educación a distancia.
6. Las materias comunes del bachillerato serán las siguientes:
Ciencias para el mundo contemporáneo.
Educación física.
Filosofía y ciudadanía.
Historia de la filosofía.
Historia de España.
Lengua castellana y literatura y, si la hubiere, lengua cooficial y
literatura.
Lengua extranjera.
¿Cuáles son los principios pedagógicos del Bachillerato según la LOE?
1. Las actividades
educativas en el bachillerato favorecerán la capacidad del alumno para
aprender por sí mismo, para trabajar en equipo y para aplicar los métodos de
investigación apropiados.
2. Las Administraciones educativas promoverán las medidas necesarias para
que en las distintas materias se desarrollen actividades que estimulen el
interés y el hábito de la lectura y la capacidad de expresarse correctamente
en público.
¿Cómo es la evaluación en el Bachillerato según la LOE?
1. La evaluación del
aprendizaje de los alumnos será continua y diferenciada según las distintas
materias. El profesor de cada materia decidirá, al término del curso, si el
alumno ha superado los objetivos de la misma.
2. Los alumnos promocionarán de primero a segundo de bachillerato cuando
hayan superado las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos
materias, como máximo. En este caso, deberán matricularse en segundo curso
de las materias pendientes de primero. Los centros educativos deberán
organizar las consiguientes actividades de recuperación y la evaluación de
las materias pendientes.
3. Los alumnos podrán realizar una prueba extraordinaria de las materias que
no hayan superado, en las fechas que determinen las Administraciones
educativas.
¿Cómo es el Título de Bachiller según la LOE?
1. Los alumnos que cursen
satisfactoriamente el bachillerato en cualquiera de sus modalidades
recibirán el título de Bachiller, que tendrá efectos laborales y académicos.
Para obtener el título será necesaria la evaluación positiva en todas las
materias de los dos cursos de bachillerato.
2. El título de Bachiller facultará para acceder a las distintas enseñanzas
que constituyen la educación superior establecidas en el artículo 3.5.
¿Cómo es la Prueba de Acceso a la Universidad según la LOE?
1. Para acceder a los
estudios universitarios será necesaria la superación de una única prueba
que, junto con las calificaciones obtenidas en bachillerato, valorará, con
carácter objetivo, la madurez académica y los conocimientos adquiridos en
él, así como la capacidad para seguir con éxito los estudios universitarios.
2. Podrán presentarse a la prueba de acceso a la universidad todos los
alumnos que estén en posesión del título de Bachiller, con independencia de
la modalidad y de la vía cursadas. La prueba tendrá validez para el acceso a
las distintas titulaciones de las universidades españolas.
3. El Gobierno establecerá las características básicas de la prueba de
acceso a la universidad, previa consulta a las Comunidades Autónomas, e
informe previo del Consejo de Coordinación Universitaria. Esta prueba tendrá
en cuenta las modalidades de bachillerato y las vías que pueden seguir los
alumnos y versará sobre las materias de segundo de bachillerato.
4. Las Administraciones educativas y las universidades organizarán la prueba
de acceso, garantizarán la adecuación de la misma al currículo del
bachillerato, así como la coordinación entre las universidades y los centros
que imparten bachillerato para su organización y realización.
5. Podrán acceder a las universidades españolas, sin necesidad de realizar
la prueba de acceso, los alumnos procedentes de sistemas educativos de
Estados miembros de la Unión Europea o los de otros Estados con los que se
hayan suscrito Acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en
régimen de reciprocidad, siempre que dichos alumnos cumplan los requisitos
académicos exigidos en sus sistemas educativos para acceder a sus
universidades.
6. De acuerdo con la legislación vigente, y el apartado 1 de este artículo,
el Gobierno establecerá, previo informe del Consejo de Coordinación
Universitaria, la normativa básica que permita a las universidades fijar los
procedimientos de solicitud de plaza de los alumnos que hayan superado la
prueba de acceso, con independencia de donde hayan realizado sus estudios
previos, la matriculación y la incorporación de los mismos a la universidad
de su elección, así como la de aquéllos que se encuentren en la situación a
la que se refiere el apartado anterior.
Las respuestas a las preguntas formuladas están tomadas íntegramente de la Ley Orgánica 3/2006, de 3 de Mayo, de
Educación (BOE nº 106 de 4/5/2006).
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